Proceso de Renovación 2013

Beca magister en chile
“Renovantes” son los estudiantes de Educación Superior que cursan desde el segundo año de su carrera profesional o técnica, que cuentan con una Beca de Arancel o Fondo Solidario de Crédito Universitario otorgado por el Ministerio de Educación (Mineduc).
Proceso de Renovaciones 2013

“Renovaciones”, es el nombre dado al proceso de revisión anual de todos los antecedentes de los estudiantes que cursan desde el segundo año de su carrera profesional o técnica, y que cuentan con una Beca de Arancel o Fondo Solidario de Crédito Universitario (FSCU) otorgado por el Mineduc.

En esta etapa, el Departamento de Ayudas Estudiantiles del Ministerio, evalúa el cumplimiento de los requisitos necesarios para la mantención del beneficio, rigiéndose por la normativa vigente para cada beneficio.

Los renovantes deben participar del proceso de acreditación socioeconómica en su institución, el cual se realiza en el periodo de matricula. En este proceso se deben presentar los documentos que acreditan el mantener la situación socioeconómica declarada en FUAS al momento de la postulación a becas y créditos.

 
Requisitos proceso de Renovaciones 2013

Nombre del beneficio
Requisitos para renovar
Duración del beneficio
– Beca Puntaje PSU
– Beca Excelencia Académica
– Beca Bicentenario
– Beca para Hijos de Profesionales de la Educación
– Beca Juan Gómez Millas

– Beca Nuevo Milenio

– Beca Excelencia Técnica

El estudiante debe:
1) Tener matrícula vigente para el 2013 y efectuada con anterioridad a la fecha de revisión de antecedentes.
2) Ser alumno regular de la carrera e institución en la que se le otorgó el beneficio (Ver Nota 1).
3) Mantener la condición de necesidad socioeconómica que lo hizo acreedor del beneficio.
4) Aprobar al menos el 60% de las asignaturas inscritas el año 2012, para el primer año de estudios. Para cursos superiores, se exige una aprobación del 70% de las asignaturas inscritas el año 2012 (Ver Nota 2).
* Semestres regulares de duración de la carrera (Ver Nota 2).
* Para tales efectos, en los programas de formación inicial como planes comunes, Colleges o Bachilleratos, se considerarán los semestres de duración del programa de formación inicial, más los de la carrera de término escogida, descontando los semestres que puedan convalidarse.

– Beca Vocación de Profesor Pedagogías

– Beca para estudiantes destacados que ingresan a Pedagogías (otorgada hasta 2010)

El estudiante debe:
1) Tener matrícula vigente para el 2013 y efectuada con anterioridad a la fecha de revisión de antecedentes.
2) Ser alumno regular de la carrera e institución en la que se otorgó el beneficio (Ver Nota 1).
3) Aprobar al menos el 60% de las asignaturas inscritas el año 2012, para el primer año de estudios. Para cursos superiores, se exige una aprobación del 70% de las asignaturas inscritas el año 2012 (Ver Nota 2).
* Semestres regulares de duración de la carrera (Ver Nota 2).
– Beca Vocación de Profesor para Licenciaturas
El estudiante debe:
1) Tener matrícula vigente para el 2013 y efectuada con anterioridad a la fecha de revisión de antecedentes.2) Ser alumno regular del ciclo de formación pedagógico.
3) Aprobar al menos el 60% de las asignaturas inscritas el año 2012, periodo en el cual se hizo uso del beneficio en carrera de Licenciatura. Para cursos superiores, se exige una aprobación del 70% de las asignaturas inscritas en el ciclo de formación pedagógica, en el año anterior.
* Dos semestres correspondientes al último año de la Licenciatura, más los semestres regulares de duración del ciclo de formación pedagógico.
– Fondo Solidario de Crédito Universitario (FSCU)
El estudiante debe:
1) Tener matrícula vigente para el 2013 y efectuada con anterioridad a la fecha de revisión de antecedentes.

2) Ser alumno regular de la carrera e institución en la que se otorgó el beneficio (Ver Nota 1).

3) Mantener la condición de necesidad socioeconómica que lo hizo acreedor del beneficio.

4) A partir del tercer semestre, haber aprobado al menos el 50% de las asignaturas inscritas, de manera acumulada.

* Semestres regulares de duración de la carrera, con un incremento del 50%, en la medida que cumpla los requisitos de avance académico. Por ejemplo, si estudias una carrera que regularmente dura 10 semestres, el FSCU cubrirá hasta un 50% más, es decir, 15 semestres en total.
* Para tales efectos, en los programas de formación inicial como planes comunes, Colleges o Bachilleratos, se considerarán los semestres de duración del programa de formación inicial, más los de la carrera de término escogida, descontando los semestres que puedan convalidarse.
– Beca de Reparación,  Ley 19.123
El estudiante debe:
1) Tener matrícula vigente para el 2013 y efectuada con anterioridad a la fecha de revisión de antecedentes.
2) Ser alumno regular de la carrera e institución en la que se otorgó el beneficio (Ver Nota 1).
* Este beneficio podrá extenderse hasta por un periodo adicional de un semestre, respecto de aquellas carreras que tengan una duración inferior a cinco semestres, y hasta por un periodo adicional de dos semestres, respecto de aquellas carreras que tengan una duración igual o superior a cinco semestres.
* El beneficio podrá extenderse hasta un año después de terminados los estudios de Educación Superior, cuando sea necesario, para obtener el título correspondiente, ya sea porque deba rendirse un examen de grado o licenciatura o presentar una memoria para su aprobación.
– Becas de Reparación, Ley 19.992
El estudiante debe:
1) Tener matrícula vigente para el 2012 y efectuada con anterioridad a la fecha de revisión de antecedentes.
2) Ser alumno regular de la carrera e institución en la que se otorgó el beneficio (Ver Nota 1).
Para el caso de Traspaso del Beneficio Educacional Ley 19.992:
* Semestres regulares de duración de la carrera (Ver Nota 2).
* Para tales efectos, en los programas de formación inicial como planes comunes, Colleges o Bachilleratos, se considerarán los semestres de duración del programa de formación inicial, más los de la carrera de término escogida, descontando los semestres que puedan convalidarse.
Para el caso de Titulares del Beneficio Educacional Ley 19.992:
* El beneficio tendrá vigencia de un año pudiendo ser renovado anualmente, siempre que se mantenga el rendimiento académico mínimo exigido para mantenerse como alumno regular.
* El beneficio podrá extenderse hasta un año después de terminados los estudios de Educación Superior, cuando sea necesario, para obtener el título correspondiente, ya sea porque deba rendirse un examen de grado o licenciatura o presentar una memoria para su aprobación.
Nota 1:
Los estudiantes que deseen cambiar de carrera y/o institución, podrán excepcionalmente continuar con el beneficio obtenido. Para ello, la carrera de destino debe cumplir con las características que el beneficio del alumno exige, asimismo, el estudiante debe cumplir con los requisitos señalados en el Proceso de Cambio de Institución y ser informado en los plazos establecidos.
Nota 2:
Los estudiantes que por razones de salud, embarazo, servicio militar, pasantías, intercambio estudiantil, cambios en su situación socioeconómica o fuerza mayor, deban suspender o postergar sus estudios, podrán excepcionalmente continuar con el beneficio obtenido. Para ello, el estudiante debe tramitar debidamente la “Suspensión” en el Departamento de Bienestar Estudiantil o repartición respectiva de la Institución de Educación Superior de estudio. La “Suspensión” debe ser autorizada por el Mineduc y podrá extenderse por un período máximo de un año académico.
Para mayor información ingresar al sitio web oficial de MINEDUC

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