DESDE EL 2 Y HASTA EL 15 DE ENERO DE 2014, estará abierta la segunda postulación al Pago del CAE con cuotas del 10% de la Renta, aplicable a las mensualidades del Crédito con Garantía Estatal de MARZO A AGOSTO 2014.
Si estás pagando al día una cuota del CAE mayor al 10% de lo que ganas, solicita la rebaja, acreditando tu renta en una solicitud electrónica que estará disponible en el sitio Ingresa.cl, en el plazo señalado. El mismo trámite deberás hacer, si ya tienes este subsidio y quieres renovarlo por otro período de 6 meses.
Recordatorio: El beneficio opera con efecto retroactivo, por lo tanto, al postular, también podrás pedir que te devuelvan los excedentes de las cuotas mayores al 10% de tu renta que pagaste en 2012 y hasta junio 2013.
Proceso de Postulación:
ATENCIÓN
Como este beneficio aplica con efecto retroactivo desde enero 2012, el formulario electrónico te dará la opción de pedir el reembolso de los excedentes de aquellas cuotas mayores al 10% de tu renta, que hayas pagado al día, en 2012 y hasta junio de 2013. |
MODALIDAD DE POSTULACIÓN: En el formulario, deberás registrar tus datos personales y los montos promedio de tu renta bruta de los últimos doce meses. Se entenderá por renta, cualquier tipo de ingreso que hayas tenido en el período solicitado.
Adicionalmente, el formulario te pedirá que adjuntes los siguientes documentos escaneados:
1.Declaración Jurada de Renta. Cuando hayas registrado el promedio de tu renta bruta de los meses solicitados, podrás descargar este documento desde el propio formulario de postulación. Para que esta declaración sea válida, debes imprimirla y firmarla. Luego, tienes que escanear el documento y subirlo como archivo adjunto.
2.Certificado de Afiliación a una administradora de fondos de pensión emitido por la Superintendencia de Pensiones. Documento que acredita a qué AFP perteneces, o bien, si no tienes afiliación. Para encontrarlo, en www.spensiones.cl, selecciona “Consulta Afiliación” y sigue las indicaciones de la página.
3.Copia de la Cédula de Identidad por ambos lados.
4.Certificado de Cotizaciones Previsionales (obligatorias y voluntarias) para los meses solicitados. Documento exigido sólo en caso de estar afiliado a una AFP. Para encontrarlo, accede a tu cuenta personal en la página web de tu AFP (registrando previamente tus datos personales) y selecciona “Certificado de Cotizaciones Previsionales” y el período requerido, en función de los meses solicitados.
5.Certificado de Sueldos (de el o los empleadores, para los meses solicitados):Documento que acredite la renta bruta que percibiste en los meses solicitados en el formulario del Pago del CAE Contingente a la Renta. Si no puedes obtener este documento, puedes adjuntar el Certificado de Remuneraciones o de Cotizaciones Previsionales que podrás obtener desde tu cuenta personal del sitio web de tu AFP. El Certificado de Cotizaciones será válido sólo si incluye la columna de tu renta imponible.
6.Carpeta Tributaria del Servicio de Impuestos Internos. Para acceder a este documento, selecciona en www.sii.cl la pestaña “Situación Tributaria”; luego, “Carpeta Tributaria Electrónica” y luego la opción “Generar Carpeta” y finalmente, “Acreditar Renta”.
7.Otros documentos que acrediten renta (Ejemplo: certificados de retiro de utilidades; dividendos de acciones; rentas por propiedades; contratos, etc.)
La información que registres en el formulario será contrastada con distintas bases de datos del Estado.
ATENCIÓN
Si el tipo de postulación que seleccionaste es “Con devolución retroactiva de excedentes”, vale decir, quieres recuperar los excedentes de aquellas cuotas mayores al 10% de tu renta, que hayas pagado al día, en 2012 y hasta junio de 2013, entonces tendrás que acreditar tu renta bruta promedio obtenida en los meses que señale el formulario. |
RESULTADOS DE LA POSTULACIÓN: El resultado de tu postulación se publicará a partir del 4 de febrero 2014, en www.ingresa.cl Digitando tu RUT,podrás ver si tu solicitud fue acogida y el monto máximo de tu cuota a pagar por 6 meses, entre marzo y agosto de 2014.
Recuerda que tendrás derecho a ese valor cuota rebajado al 10% de tu renta, en la medida que pagues hasta la fecha de vencimiento (día 5 de cada mes o día hábil siguiente, si el día 5 es sábado, domingo o feriado). Si lo haces después, el banco te cobrará la cuota original de tu Crédito, con la tasa de interés establecida originalmente en tu contrato.
APELACIÓN: Si tu postulación es rechazada o estás en desacuerdo con el cálculo de la cuota, podrás presentar una apelación electrónica en el mismo sitio web, entre el 11 y el 17 de febrero 2014.
El resultado de la apelación se conocerá el 25 de febrero 2014.
¡IMPORTANTE! Una vez enviado, el formulario de postulación no admite modificaciones posteriores. Por lo tanto, no será posible que rectifiques errores u omisiones en la información ya declarada y enviada. En tal caso, la opción será presentar una apelación, en los plazos establecidos en cada proceso e informados en www.ingresa.cl